Un pequeño obsequio para un trabajador o socio comercial.

¿Es necesario pagar el PIT por un obsequio otorgado a un empleado o individuo por 5000 HUF en Navidad? Emreni Sorani, economista certificado, respondió a la pregunta del lector.


Respuesta de nuestros expertos:

Cualquier pagador (no solo el empleador) puede dar un pequeño obsequio como beneficio definido a cualquier persona (incluido un socio comercial) en forma de un producto, servicio o cupón que no exceda el 10 por ciento del salario mínimo de cada persona como máximo una vez al año. [szja-törvény 70. § (6) bekezdés a) pont].

Esto significa que el valor de utilidad acumulado para la empresa es 1,18x[15 százalék szja+15,5 százalék szocho]= 35,99 por ciento de la tarifa general, el destinatario no tiene obligación tributaria.

Un requisito importante es que el distribuidor mantenga un registro de obsequios de pequeño valor, de acuerdo con la normativa de protección de datos, mediante el cual se pueda identificar a los destinatarios, es decir, la empresa ha entregado un obsequio de pequeño valor a un particular solo una vez en un año fiscal. Si la empresa no tiene tales registros, la característica no se considera una ventaja identificada específica.

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